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Afectados por los valores del Bco Santander: cómo reclamar

29 Jul 2015   | Economía

Allá por el año 2012, en el momento más crítico de la reciente crisis española, fueron muchos los ciudadanos que se vieron envueltos en problemas diversos con las entidades financieras. Uno de tantos casos fueron los Valores Santander.

Las obligaciones convertibles Valores Santander se colocaron a los ahorradores sin informar de los múltiples riesgos que su inversión conllevaba. La Audiencia Nacional ha multado al banco, tras demostrarse que hubo un vacío de información del Banco Santander hacia sus clientes.

Uno de tantos escándalos que ha salido a la luz desde las más importantes entidades financieras de nuestro país. Ha tenido que ser la propia Audiencia Nancional, con todos los datos sobre la mesa, quien ha dado la razón a los afectados, poniéndose de manifiesto la deficiente, ineficaz y poco clarificada comercialización de los Valores Santander. Es por esa razón que desde Ortega & García estamos seguros de la eficacia en el desarrollo y en el éxito final de nuestra demanda.

¿Cómo se gestó este producto financiero?

En primer lugar, señalar que las obligaciones podían convertirse voluntariamente en acciones del Santander en distintos años y, obligatoriamente, en octubre de 2012. Un segundo punto importante es que el precio al que iban a canjearse se fijó en el 116% del promedio de la cotización de las acciones en los 5 días anteriores a la fecha de emisión de las respectivas obligaciones.

Las obligaciones convertibles Valores Santander son otro ejemplo más de productos basura donde quedaron atrapados los ahorros de muchos consumidores.

valores-santanderLanzadas durante septiembre de 2007 por un valor total de 7.000 millones de euros, empezaron a venderse a los clientes antes de que se registrara la nota de valores de la emisión y sin ningún tipo de folleto explicativo.

Lo único que contaban a los clientes, a grandes rasgos, es que se trataba de un producto muy rentable. En definitiva, lo que hicieron fue callarse la información más relevante que, en el caso de las entidades financieras, suele ser la famosa ‘letra pequeña’.

Ante semejante abuso, la Comisión Nacional del Mercado de Valores multó dos veces al Banco Santander con 6,9 millones de euros de multa y, por otro lado, con otra multa de 10 millones de euros. Ambas fueron confirmadas por el Ministerio de Economía pero recurridas por el Banco Santander.

La Audiencia Nacional ha confirmado que el Santander deberá pagar la primera de las dos multas, pero le ha perdonado al Banco Santander la segunda de ellas.

En la práctica, pasaba lo siguiente. En septiembre del año 2007, si usted invertía 5.000 euros esperando obtener la enorme rentabilidad prometida por el banco, cinco años después canjearon las obligaciones por 385 acciones de su banco. Esas acciones del Banco Santander tenían un valor de unos 2.300 euros.

¿Y qué hacer en un primer paso? Antes de nada, puede probar a efectuar una reclamación, aunque seguramente si nos está leyendo ya lo habrá hecho. En todo caso, le explicamos cómo realizarla.

Un primer paso en la reclamación es realizarlo a través del Defensor del Cliente o, si tiene algún problema, al Servicio de Atención al Cliente. Aquí el primer problema.

La contestación puede tardar 2 meses como máximo y además suele ser habitual que cuando el cliente la reciba la respuesta sea negativa. Un segundo paso sería realizar la reclamación directamente a la ventanilla única del Banco de España y la CNMV solicitando la apertura de un expediente sancionador. Recalcar expediente sancionador, ya que en caso contrario no les sancionarán, sino que será una simple amonestación.

Varios meses más esperando una respuesta.

Tampoco debe olvidar otro paso importante. Se debe realizar la demanda o denuncia colectiva contra el Banco Santander como entidad o contra el máximo ejecutivo y responsable del engaño.

En este caso, la denuncia duele más ya que es un procedimiento penal en sí, mientras que la denuncia es un procedimiento civil. Aquí es donde entra en juego Ortega & García, buscando el mejor desarrollo para el éxito de su procedimiento judicial.

 

Última actualización: 9 junio, 2020 por cepinform

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